Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 110 de 10/06/2022
Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación
Acuerdo de 7 de junio de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan Estratégico de Servicios Sociales de Andalucía 2022-2026.
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00262937.
El Sistema Público de Servicios Sociales está constituido por el conjunto de servicios, recursos y prestaciones de las Administraciones Públicas de Andalucía orientados a garantizar el derecho de todas las personas en Andalucía a la protección social, la promoción social y la prevención en los términos recogidos en la ley, y tiene como finalidad la adecuada cobertura de las necesidades individuales y sociales básicas de las personas en su entorno, con el fin de alcanzar o mejorar su bienestar.
El Plan Estratégico de Servicios Sociales de Andalucía se concibe como instrumento al servicio del desarrollo del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía, ya que la constante evolución y cambio de los contextos en los que se sitúan los servicios sociales hace necesaria la planificación con la finalidad de programar las prestaciones, servicios, programas y otras actuaciones necesarias para cumplir los objetivos del Sistema de Servicios Sociales de Andalucía.
El marco clave de referencia de este Plan es la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía. Esta ley consolida el Sistema Público de Servicios Sociales como cuarto pilar del Estado del Bienestar. Se trata de una Ley garantista que amplía derechos subjetivos a la ciudadanía, reconociendo prestaciones garantizadas, además de otras prestaciones condicionadas, sobre la base de los avances ya conseguidos en el ámbito de los servicios sociales en Andalucía con el objetivo de fortalecerlos y mejorar su capacidad de adaptación, garantizando de esta forma una protección integral a la ciudadanía.
En el artículo 25 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, recoge que uno de los principales principios rectores por el que se regirá el Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía es el de planificación, según el cual los poderes públicos desarrollarán sus actuaciones en materia de servicios sociales de manera planificada, de tal forma que permita alcanzar los objetivos de la política social, y promover, por tanto, una mayor calidad de vida de la ciudadanía.
La Consejería competente en materia de servicios sociales será la responsable de impulsar, según el artículo 73 de la citada ley, una planificación ordenada y prospectiva de las estrategias, recursos, servicios y prestaciones de servicios sociales en Andalucía, donde la entidades locales y demás organizaciones y entidades que configuran el Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía tienen la obligación de colaborar y participar en los procesos de planificación en los términos en que estos se formulen.
Conforme el artículo 75.1 de la Ley, el Plan Estratégico de Servicios Sociales de Andalucía (en adelante, el Plan) tiene como finalidad programar las prestaciones, servicios, programas y otras actuaciones necesarias para cumplir los objetivos del Sistema de Servicios Sociales de Andalucía. El Plan se configura en torno a dos ejes que abordan los principales retos del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía: el primer eje se propone adecuar las prestaciones a las necesidades sociales, mediante actuaciones preventivas, de intervención comunitaria y de proximidad, poniendo en valor la importancia de las entidades locales como el nivel más cercano a las personas y a la realidad social, y el segundo eje se centra en el fortalecimiento de la organización y articulación del Sistema Público de Servicios Sociales. A su vez, en el marco de estos ejes, el Plan contempla 5 líneas estratégicas:
Línea estratégica 1. Actuaciones preventivas, de intervención comunitaria y proximidad. Orientando la intervención al trabajo en red y la dinamización comunitaria, favoreciendo la atención en el entorno más próximo de las personas, bajo la premisa de la prevención, participación y el desarrollo positivo.
Línea estratégica 2. Atención a personas en situación de especial vulnerabilidad. Interviniendo adecuadamente en las situaciones de vulnerabilidad social de las personas, de las unidades familiares y de los grupos en situación de exclusión o en riesgo de estarlo y garantizando su inclusión social.
Línea estratégica 3. Consolidación de los servicios sociales comunitarios. Configurándose como el primer nivel de referencia y puerta de entrada al Sistema Público de Servicios Sociales, destacando su carácter universal, la proximidad y la valoración diagnóstica que realizan, fundamental para mejorar la planificación y evaluación de la intervención social en todos sus niveles de atención.
Línea estratégica 4. Impulso a la cultura de calidad, eficiencia, sostenibilidad del sistema público de servicios sociales de Andalucía. Garantizando el compromiso ético, la calidad, eficiencia y sostenibilidad del Sistema Público de Servicios Sociales, apostando por la creación de grandes sistemas, el intercambio de información entre ellos y la práctica y toma de decisiones basada en la evidencia científica y en los datos.
Línea estratégica 5. Red integrada de Servicios Sociales. Entendiendo los Servicios Sociales como una red integrada en la que todas las partes son necesarias y confluyen para la consecución de los objetivos estratégicos propuestos, abordando conjuntamente los retos sociales y situando siempre a la persona en el centro de las políticas.
Para la consecución de dichas líneas, el Plan marca unos objetivos estratégicos, alineados con las metas y Objetivos de Desarrollo Sostenible (Agenda 2030), entre los que se destacan el fin de la pobreza (ODS 1); salud y bienestar (ODS 3) y reducción de las desigualdades (ODS 10).
En el procedimiento de elaboración del Plan, se ha seguido un modelo de gobernanza participativo, donde todos los agentes implicados, ciudadanía e instituciones públicas y privadas han podido participar conforme a las previsiones establecidas en el Acuerdo de 23 de enero de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se acuerda la formulación del Plan Estratégico de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Así mismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía, se ha tenido en cuenta la integración transversal del principio de igualdad de género en su elaboración.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 27.12 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y los artículos 49.c) y 75.1 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, a propuesta de la Consejera de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 7 de junio de 2022,
ACUERDA
Primero. Aprobación del Plan.
Se aprueba el Plan Estratégico de Servicios Sociales de Andalucía para el periodo 2022-2026.
Segundo. Publicidad y transparencia del Plan.
1. El texto del Plan estará disponible en el sitio web oficial de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
https://juntadeandalucia.es/organismos/igualdadpoliticassocialesyconciliacion/servicios/publicaciones.html
2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, el Plan, sus actualizaciones e informes de seguimiento serán objeto de publicación en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía
(
https://juntadeandalucia.es/organismos/transparencia/planificacion-evaluacion-estadistica/planes.html).
Tercero. Vigencia y efectos.
1. El Plan tiene una vigencia de 5 años, abarcando el periodo de 2022 hasta 2026. El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería competente en materia de servicios sociales, podrá acordar su prórroga por un período no superior a 2 años.
2. El Acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 7 de junio de 2022
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
ROCÍO RUIZ DOMÍNGUEZ
Consejera de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación