BOJA núm. 31, Sevilla, 16 de Febrero 2010
CONSEJERÍA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL
Acuerdo de 19 de enero de 2010. del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el I Plan Estratégico para la Igualdad de Mujeres y Hombres en Andalucía 2010-2013.
El artículo 14 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, del Estatuto de Autonomía de Andalucía, prohíbe toda discriminación en el ejercicio de los derechos, el cumplimiento de los deberes y la prestación de los servicios contemplados en su Título I, particularmente la ejercida por razón de sexo, entre otras. Asimismo, el artículo 15 de la citada norma «garantiza la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en todos los ámbitos».
Con el objetivo de determinar las medidas para la consecución de la igualdad entre mujeres y hombres y la eliminación de la discriminación por razón de sexo, la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía, en su artículo 7 establece que se aprobará el Plan Estratégico para la Igualdad de mujeres y hombres. Este Plan tendrá una vigencia de cuatro años, y se aprobará por el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería competente en materia de igualdad.
Así, el I Plan Estratégico para la Igualdad de Mujeres y Hombres en Andalucía 2010-2013, se constituye como instrumento fundamental, para garantizar la integración de la perspectiva de género en las políticas públicas llevadas a cabo por la Administración de la Junta de Andalucía. El punto de partida es el análisis de la situación diferencial que, por razón de género, ocupan las mujeres y hombres en la sociedad.
El objetivo de la Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres se constituye en objetivo transversal de todas las medidas contenidas en el Plan y que deberán ser llevadas a cabo por la Administración de la Junta de Andalucía.
El I Plan Estratégico para la Igualdad de Mujeres y Hombres en Andalucía 2010-2013 ha sido objeto de análisis y debate en el seno de la Comisión Interdepartamental para la Igualdad de Mujeres y Hombres, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 3, párrafo c), del Decreto 437/2008, de 2 de septiembre, por el que se crea la Comisión Interdepartamental para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
El Instituto Andaluz de la Mujer tiene como finalidad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 30.2 de la Ley 10/1988, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1989, que constituye su Ley fundacional, promover las condiciones para que sea real y efectiva la igualdad de la mujer y el hombre andaluces, fomentando la participación y presencia de esta en la vida social, superando cualquier discriminación laboral, cultural económica o política, en cumplimiento de los principios establecidos en el artículo 14 de la Constitución Española y en el Estatuto de Autonomía de Andalucía. Además, la disposición adicional única de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, añade, entre las funciones del Instituto Andaluz de la Mujer, la coordinación de las políticas de igualdad.
Por las razones expuestas, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, de conformidad con lo establecido en el artículo 27.13 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de la Consejera para la Igualdad y Bienestar Social, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 19 de enero de 2010 A C U E R D A
Primero. Aprobación y ámbito de aplicación.
1. Se aprueba el I Plan Estratégico para la Igualdad de Mujeres y Hombres en Andalucía 2010-2013.
2. El texto completo del Plan estará disponible en el sitio web oficial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social y del Instituto Andaluz de la Mujer.
Segundo. Habilitación reglamentaria
Se faculta a la Consejera para la Igualdad y Bienestar Social para llevar a cabo cuantas actuaciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Acuerdo.
Tercero. Entrada en vigor.
El presente Acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 19 de enero de 2010
JOSÉ ANTONIO GRIÑÁN MARTÍNEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
MICAELA NAVARRO GARZÓN
Consejera para la Igualdad y Bienestar Social
I PLAN ESTRATÉGICO PARA LA IGUALDAD DE MUJERES Y HOMBRES EN ANDALUCÍA 2010-2013