Año de 1521. Sig.: C.04659.0064; CF
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COMENTARIO A LA REAL CÉDULA
Esta interesante Real Cédula de 1521 se expide con motivo de las obras de construcción de la Iglesia Mayor de Granada o Catedral. Fue deseo de los Reyes Católicos, cuando conquistaron la ciudad, instituir en ella Catedral y Arzobispado y, por deseo expreso de la Reina, erigir la Catedral, bajo la advocación de Santa María de la Encarnación, sobre la Mezquita Mayor musulmana. Aunque el proyecto se inicia en 1505 siguiendo el modelo de la catedral de Toledo, será a partir de 1519 cuando Carlos I de España, continuando con los deseos de sus abuelos, impulsa la construcción, iniciándose la expropiación y derribo de unas casas anexas, en 1522, así como la apertura de zanjas y cimientos. El 25 de marzo de 1523, día de la Encarnación se pone la primera piedra por el Arzobispo de Granada (Gallego Burín, 1982), bajo la dirección de Enrique Egas.
En esta Real Cédula, queda clara la voluntad del Rey y el comienzo inminente de las obras: "...
bien sabia la yglesia mayor que por mi mandado se ha de començar a hazer en esa dicha çibdad..." y, a petición del arzobispo de Granada, Antón de Rojas, que en ese momento era presidente del Consejo de Castilla, se ordena a la ciudad desviar la acequia del Darrillo. En esta acequia, denominada Darro Turbio o Darro Sucio, era donde purgaban sus aguas sucias, o "
darros" todas las casas por donde pasaba, de ahí su nombre. Derivaba de la acequia de San Juan de los Reyes y venía desde el molinillo, detrás del convento de la Concepción, por el convento de Santa Inés, Plaza Nueva, calle del Pan, transcurriendo justo por delante de la nueva edificación, donde está actualmente la girola de la catedral, y por la calle Cárcel Baja , donde se dividen dos ramales: el uno, calle abajo hasta la calle de las Tablas, al final de la cual llegaba a un repartidor y se unía con la acequia de Sancti Spíritu, regando las huertas del Picón, de Ginarromán y pago de los Montones; el otro ramal, por el convento de San Agustín, Boquerón de Darro a dar a la Fuente Nueva (Garrido Atienza, 1908).
El Darrillo era necesario desviarlo de la obra porque
" sy las paredes de la/ dicha iglesia viniesen junto a la dicha azequia la obra de la dicha yglesia no ternia la firmeza que con-/ viene para obra tan ynsigne y suntuosa", y lo que era peor, debido a las inmundicias que llevaba provocaba mal olor y esto no se podía permitir pues
" syenpre avria mal olor/ en la dicha yglesia de que Dios Nuestro Señor seria muy deservydo".
Destaca, por otro lado, la singularidad e importancia de esta Real Cédula por las tres firmas que la suscriben: el cardenal Adriano de Utrech, elegido Papa Adriano VI en 1522; el almirante de Castilla Fadrique Enríquez de Velasco; y el condestable de Castilla Íñigo Fernández de Velasco. Son los tres gobernadores de España que Carlos I dejó de regentes, formando así un Consejo de Regencia, cuando viajó a Alemania, el 9 de septiembre de 1520 para ser nombrado emperador.
Título de la carpetilla:
Real Cedula de los Señores Gobernadores de España en nombre del Señor Emperador Don Carlos Quinto para que Granada mandase echar la Acequia de Darrillo por otra parte lejos del edificio de la Iglesia Mayor de esta Ciudad. Año de 1521
(cruz)
El Rey
Conçejo, justiçia, veyntiquatro, cavalleros, jurados, ofiçiales e omes buenos de la nonbrada e gran çiudad/ de Granada. El muy reverendo yn Christo padre don Antón de Rojas arçobispo de Granada presidente del nuestro/ Consejo me hizo relaçion que bien sabia la yglesia mayor que por mi mandado se ha de començar a hazer/ en esa dicha çibdad e que por el sitio della pasava una açequia que se llama Darrillo e que sy las paredes de la/ dicha iglesia viniesen junto a la dicha azequia la obra de la dicha yglesia no ternia la firmeza que con-/ viene para obra tan ynsigne y suntuosa y allende desto diz que a cabsa de las munchas ynmun-/ diçias que continuamente que continuamente (
sic) se echan en la dicha açequia syenpre avria mal olor/ en la dicha yglesia de que Dios Nuestro Señor seria muy destraydo e me suplico e pidio por merced mandase/ que la dicha açequia se echase por otra parte lexos de la dicha yglesia pues diz que avia lugar e dis-/ pusiçion para ello o que sobre ello proveyese como la mi merçed fuese. Por ende yo vos encargo y/ mando que pues la dicha yglesia es tan ynsygne y el edefiçio della ha de ser tan suntuoso y con/ ella se ennobleçe tanto esta dicha çibdad deys orden como la dicha açequia y otras qualesquier/ açequias que fueren por el sytio de la dicha yglesia se echen por otra parte de donde no venga ni pueda/ venir perjuizio alguno a la perpetuydad de la lavor de la dicha yglesia ni pueda venir alli/ el mal olor de las dichas açequias. Que yo escrivo al Marqués de Mondéjar mi capitan general del/ Reyno de Granada que lo aya por bien por la parte que a el le toca en la dicha açequia de Darrillo y soy/ cierto que avrá por bien que se mande por otra parte, lo qual en serviçio resçibire de la çibdad. De Burgos a çinco dias del mes de junio de mill e quinientos e veyte e un años.
Adrianus Cardenalis Dertutensis (
firma y rúbrica) El Almirante (
firma y rúbrica) El Condestable (
firma y rúbrica)
Por mandado de sus magestades los gobernadores en su nombre
Iohan Ramires (
firma y rúbrica)
A la çibdad de Granada que por que el edefiçio de la Yglesia Mayor de la dicha çibdad no resçiba daño que echen el eçequia/ de Darrillo por otra parte mas lexos de la dicha yglesia pues buenamente se puede hazer.
(1v)
(
tres rúbricas)
[dirección]: (
cruz)
Por el Rey
Al conçejo, justiçia, veyntiquatros, cavalleros, jurados, escuderos, ofiçiales e omes buenos de la nombrada e gran çibdad de Granada
[al pie]: sobre mudar a Darryllo
Plataforma de Granada.VICO, Ambrosio de; HEYLAN, Francisco, grabador. 1613. Nºreg.: 1/Sig.: 05.001.01 [Fragmento]
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